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Nacionalidad española para peruanos: 2 años y doble

Guía para peruanos: nacionalidad española con 2 años de residencia, convenio de doble nacionalidad de 1959, examen CCSE, costes y documentos apostillados.

Por Tramitia
Nacionalidad española para peruanos: 2 años y doble

Los peruanos tienen una de las vías más favorables para conseguir la nacionalidad española: solo 2 años de residencia legal y, además, un convenio de doble nacionalidad que permite, en determinados casos, conservar la peruana. A esto se suma que los documentos peruanos no necesitan traducción. En esta guía te explicamos los requisitos, qué dice el convenio de 1959 y a quién protege exactamente, los costes y plazos reales, y los documentos que tendrás que apostillar. Para el detalle común a todos los solicitantes, consulta los requisitos de la nacionalidad española en 2026.

2 años de residencia: la vía iberoamericana

El artículo 22 del Código Civil español fija un plazo reducido de 2 años de residencia legal y continuada para los nacionales de países iberoamericanos, entre ellos Perú (frente a los 10 años del régimen general). La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Tres conceptos a tener claros:

  • Legal: con autorización de residencia en vigor. La estancia por estudios no computa como residencia a estos efectos.
  • Continuada: sin ausencias prolongadas de España.
  • Inmediatamente anterior: los 2 años deben cumplirse justo antes de solicitar.

Si te casaste con una persona española, el plazo se reduce aún más: basta 1 año de residencia legal tras el matrimonio inscrito, como vemos en la guía de nacionalidad española por matrimonio.

El convenio de doble nacionalidad España-Perú (y su letra pequeña)

España y Perú firmaron un convenio de doble nacionalidad en 1959 (en vigor desde 1960, con un protocolo modificativo posterior). Gracias a él, un peruano puede, en determinados supuestos, conservar su nacionalidad al adquirir la española.

Aquí está el matiz de alto valor que conviene conocer: el convenio, en sentido estricto, está pensado para los peruanos de nacimiento. Es decir, la cobertura específica del convenio se refiere a quienes son peruanos por nacimiento, no a quienes adquirieron la nacionalidad peruana por otra vía.

Dicho esto, hay una protección adicional de carácter general: los artículos 23 y 24 del Código Civil español eximen a los iberoamericanos de renunciar formalmente a su nacionalidad de origen al adquirir la española. En la práctica, esto permite a los peruanos mantener su vínculo con Perú. Si tu caso tiene particularidades (por ejemplo, nacionalidad peruana adquirida), conviene valorarlo, pero la regla general es muy favorable. Repasa las ventajas de la nacionalidad española.

Requisitos para la nacionalidad siendo peruano

  1. 2 años de residencia legal y continuada (o 1 año si estás casado con español/a), acreditada con tu tarjeta de residencia y el empadronamiento.
  2. Buena conducta cívica: certificados de antecedentes penales de España y de Perú, ambos limpios.
  3. Suficiente grado de integración en la sociedad española.
  4. Examen CCSE del Instituto Cervantes (conocimientos constitucionales y socioculturales).

Al ser el español la lengua oficial de Perú, los peruanos están exentos del examen de lengua DELE A2. Solo necesitan superar el CCSE.

Documentos peruanos que necesitarás (apostillados)

Una ventaja clara: los documentos peruanos están en español, así que no necesitan traducción jurada. Solo deben estar apostillados:

DocumentoRequisito
Partida de nacimiento (RENIEC)Apostillada
Antecedentes penales (Poder Judicial)Apostillados y recientes
Acta de matrimonio (si aplica)Apostillada

Recuerda dos cosas importantes que detallamos en otras guías: que el certificado que pide extranjería es el de antecedentes penales (del Poder Judicial, no el policial de la PNP), y que la apostilla se hace en la Cancillería peruana. Tienes el proceso completo en la guía para apostillar documentos peruanos y los detalles de los antecedentes penales y de la partida de nacimiento.

El proceso paso a paso

  1. Comprueba que cumples los 2 años (o 1 si estás casado con español) de residencia legal y continuada.
  2. Apruébate el CCSE del Instituto Cervantes. La inscripción cuesta 85 euros e incluye una segunda convocatoria si no apruebas a la primera.
  3. Obtén y apostilla tus documentos peruanos (partida y antecedentes), pidiendo los antecedentes cerca de la fecha de presentación.
  4. Reúne la documentación española: antecedentes penales españoles, empadronamiento, TIE y pasaporte.
  5. Paga la tasa estatal (modelo 790, código 026), en torno a 104 euros, que no se devuelve aunque denieguen.
  6. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede del Ministerio de Justicia.
  7. Atiende los requerimientos y, tras la concesión, jura en un plazo de 180 días (si lo dejas pasar, caduca).

Consulta también la lista de documentos apostillados para la nacionalidad.

Costes y plazos

ConceptoCoste aproximadoPlazo orientativo
Documentos peruanos apostilladosTasas peruanas + apostillaVariable
Traducción juradaNo necesaria
Examen CCSE85 eurosConvocatorias periódicas
Tasa estatal (790-026)En torno a 104 eurosPago previo
ResoluciónPlazo legal de 1 año (puede alargarse)
Jura180 días tras la concesión

Errores frecuentes

  • Pedir los antecedentes policiales (PNP) en vez de los penales (Poder Judicial).
  • Sacar los antecedentes demasiado pronto y que caduquen.
  • Contar la estancia de estudiante como residencia: no computa.
  • Romper la continuidad con ausencias largas.
  • Dejar el CCSE para el final: el certificado de aprobado es imprescindible.

Caso práctico: la nacionalidad de Andrés

Andrés, peruano de nacimiento afincado en Madrid, llevaba dos años y medio con residencia legal. Quería la nacionalidad sin renunciar a la peruana. Comprobó que, como peruano de nacimiento, estaba en el supuesto más protegido por el convenio y por el Código Civil. Aprobó el CCSE (no necesitó el DELE), apostilló su partida y sus antecedentes penales del Poder Judicial, pagó la tasa de unos 104 euros y presentó todo telemáticamente. Conservó su nacionalidad peruana y, cuando llegó la concesión, juró dentro del plazo.

¿Hacerlo por tu cuenta o delegarlo?

Hacerlo tú mismo es viable si manejas los trámites telemáticos y tu caso es sencillo. Delegar tiene sentido cuando necesitas apostillar tus documentos peruanos desde España (que obliga a gestionar en Perú), cuando tu caso tiene particularidades sobre la doble nacionalidad, o cuando prefieres que revisen el expediente antes de presentarlo. En Tramitia gestionamos la obtención y apostilla de tu documentación peruana. Si vienes de otro país, tenemos la guía equivalente para chilenos.

¿Necesitas tus documentos peruanos apostillados para la nacionalidad? En Tramitia te ayudamos a preparar toda tu documentación lista para presentar. Solicita tu presupuesto gratuito y te asesoramos sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años de residencia necesita un peruano para la nacionalidad española?

Solo 2 años de residencia legal y continuada (1 año si estás casado con español/a), por ser Perú un país iberoamericano. Deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.

¿Un peruano conserva su nacionalidad al hacerse español?

En la práctica, sí: el convenio de doble nacionalidad de 1959 (especialmente para peruanos de nacimiento) y la exención del Código Civil permiten mantener la nacionalidad peruana. Si la adquiriste por otra vía, conviene valorar tu caso.

¿Los peruanos hacen el examen DELE?

No. Al ser el español la lengua oficial de Perú, los peruanos están exentos del DELE A2. Solo deben aprobar el examen CCSE (85 euros de inscripción).

¿Qué documentos peruanos necesito apostillar?

Principalmente la partida de nacimiento y los antecedentes penales (del Poder Judicial), y el acta de matrimonio si aplica. Al estar en español, no necesitan traducción.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

La tasa estatal ronda los 104 euros, más el CCSE (85 euros) y las tasas peruanas. El plazo legal de resolución es de un año, aunque puede alargarse; tras la concesión hay 180 días para jurar.

¿Se devuelve la tasa si me deniegan?

No. La tasa (modelo 790, código 026) se paga por la tramitación, con independencia del resultado.

¿El convenio de doble nacionalidad me cubre si adquirí la nacionalidad peruana, no soy peruano de nacimiento?

El convenio se refiere en sentido estricto a los peruanos de nacimiento. Aun así, el Código Civil exime a los iberoamericanos de renunciar a su nacionalidad de origen. Si tu caso es particular, conviene valorarlo individualmente.

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