Para extranjeros en España
Declaración de la renta para extranjeros en España
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Tus obligaciones fiscales como extranjero en España
Si te has mudado a España desde Latinoamérica, entender el sistema fiscal español es fundamental para evitar problemas con Hacienda. A diferencia de lo que ocurre en muchos países de origen, España grava las rentas mundiales de sus residentes fiscales: no solo lo que ganas aquí, sino también los ingresos y bienes que mantengas en tu país de origen.
Muchos extranjeros descubren demasiado tarde que debían haber declarado cuentas bancarias en su país (Modelo 720), que podían haber pagado un tipo fijo del 24% en lugar del 47% con la Ley Beckham, o que los convenios de doble imposición les habrían evitado pagar impuestos dos veces por los mismos rendimientos.
En esta guía explicamos los conceptos clave que todo extranjero residente en España debe conocer: la residencia fiscal, el calendario de obligaciones, la Ley Beckham, el Modelo 720 y los errores más frecuentes. Si tras leerla necesitas asesoramiento personalizado, nuestro equipo analiza tu caso concreto de forma gratuita.
¿Eres residente fiscal en España?
La Agencia Tributaria aplica tres criterios para determinar tu residencia fiscal. Basta con cumplir uno solo de ellos.
Regla de los 183 días
Resides en territorio español más de 183 días al año (no necesariamente consecutivos). Las ausencias esporádicas no interrumpen el cómputo salvo que demuestres residencia fiscal en otro país.
Resultado: Residente fiscal
Vínculos familiares
Tu cónyuge no separado legalmente y/o tus hijos menores que dependan de ti residen habitualmente en España. Este criterio genera una presunción que Hacienda puede aplicar.
Resultado: Presunción de residencia
Actividad económica
El núcleo principal de tus actividades o intereses económicos (trabajo, negocio, inversiones) se encuentra en España, directa o indirectamente.
Resultado: Presunción de residencia
Consecuencia principal
Si cumples alguno de estos criterios, Hacienda te considera residente fiscal en España y estás obligado a declarar tus rentas mundiales: los ingresos obtenidos en España y en cualquier otro país. Esto incluye salarios, rendimientos de alquileres, intereses bancarios, dividendos y ganancias patrimoniales, sin importar dónde se generen.
Calendario fiscal del extranjero en España
Las fechas clave que debes tener presentes para cumplir con tus obligaciones tributarias
Plazo
1 ene. - 31 mar.
Modelo 720 (bienes en el extranjero)
Declaración informativa de cuentas, valores e inmuebles situados fuera de España.
Plazo
1 ene. - 30 ene.
Modelo 130/131 (4T autónomos)
Pago fraccionado del IRPF correspondiente al cuarto trimestre del año anterior.
Plazo
1 abr. - 30 jun.
Declaración IRPF (Modelo 100)
Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Es la campaña de la renta principal.
Plazo
1-20 cada trimestre
Modelos trimestrales IVA/IRPF
Presentación trimestral en abril, julio, octubre y enero (modelos 303, 130/131 y otros según actividad).
Plazo
6 meses desde alta SS
Solicitud Ley Beckham (Modelo 149)
Comunicación a Hacienda para acogerse al régimen especial de impatriados. El plazo es improrrogable.
Ley Beckham: el régimen de impatriados
El artículo 93 de la Ley del IRPF permite a ciertos extranjeros recién llegados tributar como no residentes, con importantes ventajas fiscales
Requisitos para acogerse
No haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores al traslado. Es decir, no puedes haber tributado como residente en los últimos 5 ejercicios.
Trasladarte a España por un contrato de trabajo o como administrador de una sociedad (con participación inferior al 25%). También aplica a emprendedores con actividad económica innovadora desde la Ley de Startups de 2023.
Solicitarlo en los 6 meses siguientes al alta en la Seguridad Social mediante el Modelo 149. Este plazo no se puede ampliar; una vez transcurrido, pierdes la oportunidad.
Comparativa tributaria
Diferencias clave entre el régimen general del IRPF y el régimen de impatriados (Ley Beckham)
| Concepto | Régimen general | Ley Beckham |
|---|---|---|
| Tipo impositivo sobre trabajo | Progresivo: 19% - 47% | Fijo: 24% (hasta 600.000 EUR) |
| Rentas del ahorro | 19% - 28% | 19% - 28% |
| Base imponible | Rentas mundiales | Solo rentas en España* |
| Duración | Indefinida | 6 años (año de llegada + 5 siguientes) |
| Modelo 720 | Obligatorio si aplica | No obligatorio |
| Impuesto de Patrimonio | Sí (bienes mundiales) | Solo bienes en España |
*Excepto las rentas del trabajo, que tributan íntegramente con independencia de dónde se obtengan.
Modelo 720: bienes en el extranjero
Es una declaración informativa (no de pago) que obliga a los residentes fiscales a comunicar a Hacienda los bienes y derechos que posean fuera de España
Cuentas bancarias
Cuentas corrientes, de ahorro, depósitos a plazo y cualquier otra cuenta en entidades financieras fuera de España.
Umbral: >50.000 EUR
Valores y fondos
Acciones, participaciones en fondos de inversión, seguros de vida, rentas temporales o vitalicias depositadas en el extranjero.
Umbral: >50.000 EUR
Inmuebles
Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero: viviendas, terrenos, locales comerciales, etc.
Umbral: >50.000 EUR
Plazo de presentación
Del 1 de enero al 31 de marzo de cada año. Una vez presentada la primera declaración, solo debes volver a presentarla si el valor de alguna categoría ha aumentado en más de 20.000 EUR respecto a la última declaración presentada.
Sanciones y TJUE
Aunque el Tribunal de Justicia de la UE declaró desproporcionadas las multas que imponía España (sentencia de 27 de enero de 2022), la obligación informativa sigue vigente. No presentar el Modelo 720 puede derivar en sanciones y en la imputación de ganancias patrimoniales no justificadas.
Los acogidos a la Ley Beckham están exentos de presentar el Modelo 720 durante el período en que tributan como no residentes, ya que solo deben informar sobre bienes y derechos situados en España.
Errores fiscales frecuentes de extranjeros en España
Estos son los cinco errores que vemos con más frecuencia y que pueden costarte sanciones o dinero de más
No declarar ingresos del país de origen
Como residente fiscal en España, debes declarar tus rentas mundiales: alquileres que cobras en tu país, intereses de cuentas bancarias, dividendos de empresas y cualquier otro rendimiento, aunque ya hayas pagado impuestos allí. No hacerlo puede derivar en una inspección de Hacienda con recargos e intereses de demora.
No aplicar el convenio de doble imposición
España tiene convenios firmados con más de 90 países, incluidos Venezuela, Argentina, Colombia, Ecuador, México y Perú. Estos acuerdos permiten deducir los impuestos ya pagados en tu país de origen para no tributar dos veces por los mismos ingresos. No aplicarlos significa pagar de más innecesariamente.
Perder el plazo de la Ley Beckham
Solo dispones de 6 meses desde el alta en la Seguridad Social para presentar el Modelo 149 y acogerte al régimen de impatriados. Si se pasa este plazo, no hay forma de recuperarlo: tributarás al tipo progresivo (hasta el 47%) durante toda tu estancia en España en lugar del tipo fijo del 24%.
No presentar el Modelo 720
Aunque se trata de una declaración informativa y no implica ningún pago, la obligación de informar sobre bienes en el extranjero sigue vigente. No presentarla puede dar lugar a que Hacienda impute esos bienes como ganancias patrimoniales no justificadas, con el consiguiente coste fiscal y sancionador.
No regularizar ejercicios anteriores
Si llevas tiempo en España sin haber declarado, es mucho mejor regularizar voluntariamente que esperar a una inspección. Los recargos por declaración extemporánea voluntaria son muy inferiores a las sanciones por inspección: un 1% más un 1% adicional por mes de retraso hasta los 12 meses, frente a multas que pueden llegar al 150% de la cuota defraudada.
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Régimen especial de impatriados con tipo fijo del 24% sobre rendimientos del trabajo. Evaluamos si cumples los requisitos y gestionamos la solicitud mediante el Modelo 149.
Convenios de doble imposición
Aplicamos los convenios bilaterales entre España y tu país de origen para evitar que tributes dos veces por los mismos ingresos. Más de 90 países cubiertos.
Modelo 720
Declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero. Te ayudamos a cumplir con esta obligación y evitar sanciones por cuentas, inmuebles o inversiones fuera de España.
Deducciones para extranjeros
Identificamos todas las deducciones autonómicas y estatales a las que tienes derecho: vivienda habitual, maternidad, familia numerosa, discapacidad y otras específicas de tu comunidad autónoma.
Revisión y optimización fiscal
Revisamos declaraciones de años anteriores para detectar errores o deducciones no aplicadas. Si es posible, presentamos solicitudes de rectificación para recuperar lo pagado de más.
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Evita sanciones por el Modelo 720
No declarar bienes en el extranjero puede acarrear multas importantes. Te ayudamos a cumplir con esta obligación y, si es necesario, a regularizar ejercicios anteriores.
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Preguntas frecuentes sobre la declaración de la renta para extranjeros
Resolvemos las dudas más comunes sobre fiscalidad para extranjeros residentes en España
¿Estoy obligado a declarar la renta en España como extranjero?
Sí, si resides en España más de 183 días al año, Hacienda te considera residente fiscal y estás obligado a presentar la declaración del IRPF por tus rentas mundiales (ingresos en España y en el extranjero). También debes declarar si tienes rendimientos del trabajo superiores a 22.000 EUR anuales de un único pagador, o superiores a 15.000 EUR si tienes más de un pagador. Existen excepciones según tu situación particular, que analizamos en la consulta inicial.
¿Qué es la Ley Beckham y puedo beneficiarme?
La Ley Beckham (régimen especial de impatriados, artículo 93 de la Ley del IRPF) permite a los extranjeros que se trasladan a España por motivos laborales tributar como no residentes durante los primeros 6 años. Esto significa pagar un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo (frente al tipo progresivo que puede llegar al 47%), y solo tributar por las rentas obtenidas en España, no por las mundiales. Para acogerte, no debes haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores a tu llegada, y debes solicitarlo en los 6 meses siguientes a tu alta en la Seguridad Social.
¿Tengo que declarar mis bienes en el extranjero?
Sí, si eres residente fiscal en España y posees bienes en el extranjero (cuentas bancarias, valores, inmuebles, seguros) cuyo valor supere los 50.000 EUR por categoría, estás obligado a presentar el Modelo 720 antes del 31 de marzo de cada año. No declarar puede acarrear sanciones, aunque desde 2022 el Tribunal de Justicia de la UE declaró desproporcionadas las multas que imponía España. Aun así, la obligación de informar sigue vigente y es importante cumplirla.
¿Qué es el Modelo 720 y cuándo debo presentarlo?
El Modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. Debes incluir tres categorías de bienes si superan los 50.000 EUR cada una: cuentas bancarias, valores y fondos de inversión, e inmuebles y derechos sobre inmuebles. Una vez presentada la primera declaración, solo debes volver a presentarla si el valor de alguna categoría ha aumentado en más de 20.000 EUR respecto a la última declaración.
¿Cómo funcionan los convenios de doble imposición?
Los convenios de doble imposición (CDI) son acuerdos bilaterales entre España y otros países para evitar que tributes dos veces por los mismos ingresos. España tiene convenios firmados con más de 90 países, incluidos Venezuela, Argentina, Colombia, Ecuador, México y la mayoría de países latinoamericanos. Cada convenio establece qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta (trabajo, pensiones, dividendos, inmuebles). Nosotros analizamos el convenio aplicable a tu caso y aplicamos las deducciones correspondientes para que no pagues de más.
¿Cuánto cuesta el servicio de declaración de la renta?
El coste depende de la complejidad de tu situación fiscal. Una declaración estándar para un trabajador por cuenta ajena con ingresos solo en España tiene un precio diferente a una declaración con rentas internacionales, bienes en el extranjero o aplicación de la Ley Beckham. En la consulta inicial gratuita evaluamos tu caso y te enviamos un presupuesto cerrado sin sorpresas. El precio incluye la elaboración, revisión, presentación ante Hacienda y seguimiento hasta la resolución.
¿Cuáles son los plazos para presentar la declaración?
La campaña de la renta en España se abre generalmente en abril y finaliza a finales de junio de cada año. El Modelo 720 (bienes en el extranjero) tiene un plazo diferente: del 1 de enero al 31 de marzo. Si necesitas acogerte a la Ley Beckham, tienes 6 meses desde tu alta en la Seguridad Social para solicitarlo mediante el Modelo 149. Te recomendamos contactarnos con antelación para preparar toda la documentación necesaria y no perder ningún plazo.
¿Qué pasa si no he declarado en años anteriores?
Si eres residente fiscal en España y no has presentado la declaración de la renta en ejercicios anteriores, es posible regularizar tu situación presentando declaraciones complementarias o extemporáneas. Los recargos por presentación fuera de plazo varían según el tiempo transcurrido: un 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso hasta los 12 meses, y un 15% más intereses de demora a partir de los 12 meses. Es mucho mejor regularizar voluntariamente que esperar a que Hacienda inicie un procedimiento de inspección, donde las sanciones son significativamente mayores.
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